El progreso de las tecnologías de la información, entre las que se encuentran equipos, aplicaciones informáticas y las telecomunicaciones, ha surtido tal efecto que en la actualidad no dudamos en decir que formamos parte de la Sociedad de la Información, y en una sociedad como esta, es condición indispensable para formarse adoptar los cambios tecnológicos.
Las TICs en el ámbito procesal pueden observarse desde varios ángulos.
Quizás los fundamentales hoy en día sean los de la gestión, el probatorio y, en un futuro no tan lejano, el predictivo.
Con relación al ámbito de la gestión procesal, se encuentra en pleno vigor el “Expediente Digital”, alcanzado mediante la implementación de nuevas herramientas que la tecnología pone a disposición. El documento digital, la firma electrónica, el certificado digital, el token, el domicilio electrónico y todas estas nuevas concepciones fueron motivadas con el objeto de lograr la despapelización y la transparencia del Poder Judicial mediante la informatización, y, por ende, lograr mayor eficacia administrativa, un control de gestión más activo, proponerse la preservación del medio ambiente y procurar un ahorro significativo de recursos.
La utilización de las mencionadas herramientas trae aparejada ciertas implicancias técnicas que muchas veces escapan a los conocimientos, en materia de informática, de los involucrados en el proceso judicial. Es nuestra misión intentar allanar el camino que plantean las nuevas tecnologías y que transforman profundamente el ejercicio habitual de la profesión.
Consideramos que dichas herramientas no deben ser desaprovechadas. Por el contrario, deben ser utilizadas en todo su potencial conforme la gran cantidad de beneficios que trae previsto su uso para todas las partes involucradas.
El formato papel está tendiendo a desaparecer dando lugar al formato electrónico-digital. En la práctica abogadil, los escritos, cédulas, mandamientos, oficios y un largo etcétera se pueden y deben confeccionar, a través de los correspondientes Portales Web de la justicia.
Por lo demás, la otra gran vertiente es la del derecho probatorio.
Es que la evidencia digital se ha ido transformando, poco a poco, en una de las grandes protagonistas del derecho probatorio siendo cada vez más frecuente encontrarnos con prueba electrónica en los diferentes procedimientos.
Y si bien es cierto que la prueba electrónica no difiere, ontológicamente, de la prueba en sí misma, existen diversas reglas específicas que es necesario tener en cuenta.
Hoy en día resulta indispensable para el profesional conocer y manejar, al menos en sus pautas más elementales, las cuestiones vinculadas con la recolección, resguardo y utilización de la evidencia digital, incluso teniendo en cuenta sus diversas tipologías.
Finalmente, un área que va tomando fuerza, es la vinculada con el uso de la inteligencia artificial en el ámbito de la jurisdicción. Temática a la que también resulta imprescindible aproximarse, de cara a los próximos años.
De lo expuesto surge el objetivo general de esta institución: lograr el aprendizaje y la preparación práctica en lo que hace al conocimiento y manejo de las utilidades informáticas que se han puesto a disposición y que obligatoriamente deberá utilizar el abogado en su futuro rol profesional.